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los sgaedores

Hasta hace poco, la palabra Canon me hacía recordar a Pachebel, o incluso la famosa marca japonesa. Desde principios de 2008, en España esta palabra adquiere también otro significado: carnet de pirata. El que se saca este carnet tiene derecho a copiar todo contenido en un soporte digital, sea para copia privada o no. ¿Que cómo se saca? Con comprar un soporte digital ya lo tienes, va incluido. Es un privilegio de por vida, intrínseco. Y nadie te puede decir nada, porque estás autorizado a copiar cualquier material sin infringir ninguna regla (siempre que no lo utilices con fines comerciales, en cuyo caso no respetas el copyright, evidentemente). Es la medida que da la impresión de responder a afirmaciones similares a ésta: «como no sé cómo solucionar el problema…, como el modelo de negocio ya no me sirve porque los tiempos cambian…, voy a sacar tajada a toda costa, aunque sea flagelando a la industria discográfica y poniendo a todos la etiqueta de pirata«. Pero analicemos los elementos que están involucrados en este escenario, y para ello, lector, merece la pena un artículo extenso, así que estate preparado para ello desde el principio.

Las redes P2P (Peer to peer) han sido una revolución desde que llegaron al gran público. Y cada vez más. A grandes rasgos, no son más que redes en las que no existen ni clientes ni servidores fijos, sino que cada usuario puede hacer este papel en diferentes momentos, en función de si descarga de otros usuarios o si les sirve a éstos de fuente. En lenguaje divulgativo, el modelo híbrido (el actual y más extendido, aunque no el único) consiste además en que los ficheros son referenciados en grandes servidores de la red. Estos servidores permiten hacer una búsqueda, devolviendo rápidamente una lista de ficheros que tiene indexados, correspondiendo con ficheros compartidos de otros usuarios o peers, permitiendo entonces una descarga directa de porciones de ficheros, que finalmente se juntarán en el PC del usuario en uno solo cuando el proceso llegue a su fin. Lo que es una realidad es que todos descargamos «cosas», quien no lo haga, que tire el primer CD. Sin embargo, ¿son compatibles estas redes tanto con los derechos de autor como con el derecho a la copia privada?

Pero, ¿qué hay en una red P2P? En ellas es posible compartir todo tipo de contenidos pero tratemos de definir cuáles de todos ellos han provocado la toma de medidas debido a su uso masivo:

  • se pueden usar sin ningún proceso previo, como por ejemplo tener que romper un sistema anticopia.
  • se adquieren y traspasan fácilmente, porque son de pequeño tamaño en comparación con otros contenidos.
  • no se pierde demasiada calidad en el proceso, como podría ocurrir cuando la novedad era la doble pletina (qué tiempos!).
  • merece la pena utilizarlos más de una vez, no sólo una, como ocurre habitualmente con las películas.
  • no aporta nada adquirirlos por medios distintos a las redes P2P (o casi nada, perdónenme los coleccionistas y los frikies de pura cepa con sus gustos tan respetables como cualquier otros).

Es decir, la cuestión está relacionada con la música grabada en soporte digital, porque respecto a las películas o el software, en ocasiones merece la pena acudir al cine o comprar el programa original, con lo que no peligran los ingresos de sus creadores y personas de su entorno. Sin embargo, ya que se pide el canon para lo que potencialmente se pueda hacer con los soportes digitales, ¿por qué no pedir también canon para el papel, los bolis, los óleos, el hilo, el algodón, los ladrillos, el cemento, mis manos…, o incluso mi pene (ahí, engendrando futuros piratillas)? Es el mismo razonamiento…

canon para las manos

Por otro lado, la $GA€ es un entidad (entre otras relacionadas como AIE y AGEDI) creada con el fin de velar por los derechos de los autores, registrando sus obras, velando por la integridad de su copyright y repartiendo su recaudación entre todos ellos. Esto tiene su razón de ser, las ideas no son gratuitas, tal y como decía el discurso de la Presidenta de la Academia de Cine en la gala de los Goya 2008 del Domingo. Pero, ¿qué es lo que hay detrás de esta organización? Pues un verdadero entramado societario, que al menos da que sospechar. ¿Y su labor la hace correctamente? ¿Y qué camino recorre la recaudación del dichoso canon? ¿Realmente se compensa a los autores? ¿Y en función de qué se reparte?

la sgae y sus componentes

El último elemento que queda por presentar es el de la copia privada, que no es más que el derecho de copia no comercial que tiene todo usuario que ha desembolsado dinero por adquirir material digital original. Por ejemplo, para reproducir en otro dispositivo o para simple almacenamiento personal. ¿Y por qué no para dejárselo a mi vecino? ¿Y si se lo compartiera por una red P2P en vez de llamar a su puerta? Sin embargo, para equilibrar esto, también existe el llamado Derecho de Compensación, que trata de retribuir a los autores por la pérdida potencial que la copia privada supone bajo ciertos puntos de vista.

ya no es lo mismo

Lo único que está claro en todo esto es que el modelo está obsoleto y que la decisión tomada no es más que algo decidido con prisa, sin pensar en las implicaciones (aunque el canon existe en varios países, no es cosa sólo de España). Y pienso esto porque no se beneficia ni a los prejuzgados usuarios ni a los desmotivados autores (y para muestra un botón: grandes estrellas de la música escapando de grandes discográficas para hacer el negocio por su cuenta, directamente con sus fans y consumidores). Y es que ahora, con más razón que nunca, el pirata será pirata, y con razón.

la cosa ha cambiado para la mafia

Me gusta ver los puntos extremos, porque en ocasiones ayuda a ver la absurdez de algunos argumentos o a lo que se puede llegar si no se controlan las cosas debidamente. Está claro que el canon sobre los soportes digitales no puede aumentar demasiado, porque dichos soportes no sólo se utilizan para ejercer el derecho de copia privada. Sin embargo, si este derecho se utiliza en extremo, es como si las creaciones y las ideas fueran casi gratuitas, lo cual no es justo, debido al gran esfuerzo creativo de los autores y pensadores. Esto desembocaría en que, aparte de los bohemios e idealistas, en la sociedad de consumo en la que vivimos, no valdría la pena crear nuevos productos musicales, porque no se obtendría una compensación a cambio. La cultura gratis tampoco es la solución, desde mi punto de vista. Lo que me preocupa es que no se detecte el potencial de la red y la necesidad de cambio en el modo de plantear el asunto, porque ¿no se dan cuenta de que bajándote un disco del eMule lo que está ocurriendo es que me estoy haciendo más fan del autor? Así, al descargar de Internet hago publicidad de su producto, lo difundo, lo utilizo, y probablemente hable de ello, lo dé a conocer ampliamente y haga una labor que sin duda no se hace sola y las empresas de marketing cobran a precio de oro. Y asistiré a un concierto en directo con mayor probabilidad, lo cual repercutiría directamente en el autor o intérprete. Es como si pusiera mi radio personalizada o algo así, no va más allá, pero sin que la discográfica desembolse ni un duro en el tema. Esto lo único que deja al descubierto es que descargarse música de Internet es algo positivo y que debería aprovecharse en lugar de condenarse. Y más cuando, por lo visto, según la BBC, los usuarios de P2P compran 5 veces más música que el resto de consumidores.

persecución sgae

Mientras tanto, siguiendo un puro darwinismo digital, el nuevo Kazaa Lite o la última versión de Morpheus no permiten rastrear la identidad del usuario. Una vez más, las discográficas cumplen en esta historia el papel de depredador agresivo que hace que las redes P2P evolucionen. Y además, la cuestión se pone más a favor al no tener las operadoras la obligación de facilitar datos acerca de las descargas de los usuarios, a no ser que sean objeto de una investigación judicial.

Creo que los tiros irán no tardando mucho hacia soluciones intermedias como Qtrax, que pretende permitir, mediante ingresos por publicidad, la certeza de que las canciones no se podrán grabar a CDs (sistema DRM), y el apoyo de grandes discográficas como EMI, Sony, Universal y Warner Music, la descarga de forma gratuita y totalmente legal, de cualquier contenido de música, sin saltarse los derechos de autor. De todas formas, ya se sabe, hecha la ley, hecha la trampa, sí, esas trampas que tanto nos gustan a los españolitos de a pie y que tan ricas saben.

El debate está abierto, y las respuestas cociéndose. Mientras tanto, y es con lo que me quedo hasta que el tema no cambie, esto es lo que dijo el Jefe de Seguridad Lógica de la Brigada de Investigación Tecnológica de la Comisaría General de la Policía Judicial en el Congreso de Webmasters 2007: «No pasa nada, podéis bajar lo que queráis del eMule, pero no lo vendáis«.

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